﻿{"id":2193,"date":"2018-12-03T10:09:23","date_gmt":"2018-12-03T10:09:23","guid":{"rendered":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/?page_id=2193"},"modified":"2018-12-03T10:09:23","modified_gmt":"2018-12-03T10:09:23","slug":"articulo-14-censo-arbitral","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/reglament\/articulo-14-censo-arbitral\/","title":{"rendered":"Art\u00edculo 14. Censo arbitral"},"content":{"rendered":"<h1 class=\"titulo_articulo\">Art\u00edculo 14. Censo arbitral<\/h1>\n<div class=\"content_articulo\">\n<ol>\n<li>La Corte mantendr\u00e1 actualizado un Censo de \u00c1rbitros que estar\u00e1 compuesto por personas de reconocido prestigio profesional e independencia. En dicho Censo, estar\u00e1n inscritos las personas que, cumpliendo los requisitos previamente determinados, la Corte decida, de acuerdo con sus Estatutos, integrar en funci\u00f3n de sus circunstancias personales y profesionales.<br \/>\nQuienes deseen ser incluidos en el Censo de \u00c1rbitros de la Corte, deber\u00e1n solicitarlo por escrito a la Junta de Gobierno, especificando las materias o campos en que se consideren especializados, debiendo acreditarlo documentalmente. El Consejo Superior Arbitral, previa propuesta de la Junta de Gobierno, decidir\u00e1 sobre la inclusi\u00f3n solicitada, de acuerdo con lo establecido en el p\u00e1rrafo anterior.<br \/>\nPara asuntos muy concretos y en atenci\u00f3n a las particularidades y especialidad del caso, la Corte podr\u00e1 designar \u00e1rbitros a quienes no figuren en el Censo de \u00c1rbitros, que cumplir\u00e1n su cometido con sujeci\u00f3n a lo establecido en este Reglamento, haci\u00e9ndolo constar en su aceptaci\u00f3n del cargo. La inscripci\u00f3n de dichos \u00e1rbitros con car\u00e1cter permanente requerir\u00e1, sin embargo, el acuerdo expreso de la Junta de Gobierno en tal sentido, sigui\u00e9ndose para su incorporaci\u00f3n definitiva al Censo de \u00c1rbitros de la Corte el mismo procedimiento descrito en el p\u00e1rrafo anterior, siendo el Consejo Superior Arbitral quien decidir\u00e1 sobre su inclusi\u00f3n, previa propuesta de la Junta de Gobierno.<\/li>\n<li>Los miembros de la Junta de Gobierno formar\u00e1n parte del censo de \u00e1rbitros de la Corte, una vez finalicen en su cargo, en caso de que ya lo fueran con anterioridad a su nombramiento como integrantes de la Junta de Gobierno. Los miembros de la Junta de Gobierno, as\u00ed como cualquier persona que ostente cargo de administraci\u00f3n, direcci\u00f3n o gesti\u00f3n en la Corte, mientras ostenten tal condici\u00f3n, no podr\u00e1n ser designados \u00e1rbitros en procedimientos tramitados por la Corte, salvo por decisi\u00f3n un\u00e1nime de las partes.<\/li>\n<\/ol>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Art\u00edculo 14. Censo arbitral La Corte mantendr\u00e1 actualizado un Censo de \u00c1rbitros que estar\u00e1 compuesto por personas de reconocido prestigio profesional e independencia. En dicho Censo, estar\u00e1n inscritos las personas que, cumpliendo los requisitos previamente determinados, la Corte decida, de acuerdo con sus Estatutos, integrar en funci\u00f3n de sus circunstancias personales y profesionales. Quienes deseen [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":1985,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-2193","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/2193","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2193"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/2193\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2194,"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/2193\/revisions\/2194"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1985"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2193"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}