﻿{"id":2169,"date":"2018-12-03T10:04:43","date_gmt":"2018-12-03T10:04:43","guid":{"rendered":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/?page_id=2169"},"modified":"2018-12-03T10:04:43","modified_gmt":"2018-12-03T10:04:43","slug":"articulo-2-competencia-de-la-corte","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/reglament\/articulo-2-competencia-de-la-corte\/","title":{"rendered":"Art\u00edculo 2. Competencia de la Corte"},"content":{"rendered":"<h1 class=\"titulo_articulo\">Art\u00edculo 2. Competencia de la Corte<\/h1>\n<div class=\"content_articulo\">\n<ol>\n<li>La sumisi\u00f3n a la Corte se entender\u00e1 efectuada cuando las partes encomienden a \u00e9sta, a su Reglamento, reglas o procedimiento de arbitraje, o directamente a la C\u00e1mara de Comercio de Valencia o a cualquiera de las dependencias de este, la administraci\u00f3n del arbitraje o resoluci\u00f3n de todas o alguna de las controversias que hayan surgido o puedan surgir respecto de una determinada relaci\u00f3n o relaciones jur\u00eddicas, bien como consecuencia de la existencia de un previo convenio arbitral entre las partes, bien por acuerdo espec\u00edfico entre \u00e9stas, bien por solicitud de alguna de ellas aceptada posteriormente por la otra u otras.Tal acuerdo deber\u00e1 constar por escrito, en un documento firmado por las partes o en un intercambio de cartas, telegramas, fax u otros medios de telecomunicaci\u00f3n electr\u00f3nicos o telem\u00e1ticos que dejen constancia del acuerdo. Se considerar\u00e1 cumplido este requisito cuando el convenio arbitral conste y sea accesible para su ulterior consulta en soporte electr\u00f3nico, \u00f3ptico o de otro tipo.<\/li>\n<li>Salvo prueba en contrario, se entender\u00e1 que las partes encomiendan la administraci\u00f3n del arbitraje a la Corte de Arbitraje y Mediaci\u00f3n de Valencia cuando el convenio arbitral someta la resoluci\u00f3n de sus diferencias a \u201cla Corte\u201d, a \u201cla Corte de Valencia\u201d a \u201cla Corte con sede en Valencia\u201d, a \u201cla Corte de la C\u00e1mara de Valencia\u201d, a \u201cla C\u00e1mara de Valencia\u201d, a \u201cla C\u00e1mara de Comercio de Valencia\u201d, a \u201cla C\u00e1mara de Comercio con sede en Valencia\u201d, al \u201cReglamento de la Corte\u201d, al \u201cReglamento de la Corte de Valencia\u201d, al \u201cReglamento de la Corte con sede en Valencia\u201d, al \u201cReglamento de la C\u00e1mara de Valencia\u201d, a las \u201creglas de arbitraje de la Corte de Valencia\u201d, a las \u201creglas de arbitraje de la Corte\u201d, a las \u201creglas de arbitraje de la C\u00e1mara de Valencia\u201d, a las \u201creglas de arbitraje de la Corte con sede en Valencia\u201d, o utilicen cualquier otra expresi\u00f3n an\u00e1loga.<\/li>\n<li>La sumisi\u00f3n de las partes a la Corte implicar\u00e1 su competencia a efectos de admisi\u00f3n, tramitaci\u00f3n y, en su caso, resoluci\u00f3n del arbitraje, as\u00ed como a efectos de designaci\u00f3n de los \u00e1rbitros, todo ello en los t\u00e9rminos previstos en el presente Reglamento.<\/li>\n<li>La sumisi\u00f3n de las partes a la Corte obliga a \u00e9stas a cumplir lo estipulado a tales efectos y las decisiones, providencias y resoluciones interlocutorias o de cualquier otra \u00edndole que se dicten durante la tramitaci\u00f3n del arbitraje, as\u00ed como el laudo que le ponga fin. Igualmente, las partes deber\u00e1n actuar de buena fe, evitando en todo momento cualquier conducta o actuaci\u00f3n tendente a dificultar u obstruir la tramitaci\u00f3n del arbitraje o la efectividad del laudo y dem\u00e1s resoluciones.<\/li>\n<li>La Junta de Gobierno de la Corte podr\u00e1 requerir a las partes cualquier documento o informaci\u00f3n que considere necesario para el ejercicio de sus funciones.<\/li>\n<li>La Corte se reserva su derecho a rechazar la administraci\u00f3n de aquellas controversias que no se ajusten a lo dispuesto en el Reglamento, en sus Estatutos y normas imperativas de la Ley 60\/03 de Arbitraje.<\/li>\n<\/ol>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Art\u00edculo 2. Competencia de la Corte La sumisi\u00f3n a la Corte se entender\u00e1 efectuada cuando las partes encomienden a \u00e9sta, a su Reglamento, reglas o procedimiento de arbitraje, o directamente a la C\u00e1mara de Comercio de Valencia o a cualquiera de las dependencias de este, la administraci\u00f3n del arbitraje o resoluci\u00f3n de todas o alguna [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":1985,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-2169","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/2169","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2169"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/2169\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2170,"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/2169\/revisions\/2170"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1985"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.cortearbitrajeymediacionvalencia.com\/va\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2169"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}